Inspección
Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Urbano (PEPMADU)
Unidad de Inspección y Vigilancia
Objetivo de la inspección:
Verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente en el Estado de Querétaro
Especificar qué motiva la inspección, verificación o visita domiciliaria:
Modalidades de Suspensión este campo de inspecciones:
Justificar el Motivo de la Suspensión:
Verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente en el Estado de Querétaro
A quien se dirige la inspección o visita:
Sector Económico de mayor incidencia:
Minería
Subsector Económico de mayor incidencia:
Extracción de petróleo y gas
Periodicidad con la que se realiza:
Diario
Fundamento jurídico de la existencia de la inspección verificación o visita domiciliaria:
Código Urbano del Estado de Querétaro
Articulo:
118, 120 fracción II inciso d)
Tipo: Código
Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro
Articulo:
89
Tipo: Ley Estatal
Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro
Articulo:
120
Tipo: Ley Estatal
Articulo:
Tipo: Acuerdo
Reglamento de Protección, Gestión Ambiental y Cambio Climático para el Municipio de Corregidora, Qro
Articulo:
Tipo: Reglamento
Derechos del sujeto regulado:
Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro
Articulo
120
Obligaciones que debe cumplir el sujeto regulado:
Permitir el acceso a la autoridad administrativa para el desahogo de la diligencia y brindar la información, documentos u objetos requeridos por la autoridad.
Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro
Articulo
20
Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria:
Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro
Articulo
89
Bien, Elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:
Establecimientos donde se desarrolle la actividad o preste el servicio
Regulaciones que debe cumplir el sujeto regulado:
Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro
Articulo
20
Requisitos o documentos que necesita presentar el particular:
1. Licencia Ambiental.
2. Autorización en Materia de Impacto Ambiental.
3. Licencia para la explotación de banco de materiales.
4. Autorización en materia de impacto ambiental por formulario de inducción
5. Licencia de banco de tiro
6. Autorización para operar un centro de verificación vehicular
Código Ambiental del Estado de Querétaro.
Articulo
124, 250, 251, 254, 256, 259, 260
Especificar si el inspeccionado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria. En su caso, brindar el formato correspondiente:
Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro
Articulo
120
¿Se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado?
No se notifica
Pasos a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:
1. Acude al sitio, se identifica y notifica orden.
2. Ejecuta orden y realiza registro del resultado de la visita.
3. Entrega copia.
Tiempo aproximado de inspección, verificación o visita domiciliaria:
De 2 horas y media a 5 horas
Personal en el servicio público facultado:
Estadísticas del Trámite
Datos de las autoridades competentes encargadas de ordenar inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias
Datos del Contacto:
jpena@queretaro.gob.mx
442 215766
Dirección:
Calle Corregidora Sur ,25 ,101 ,Colonia ,Centro Histórico , C. P. 76000 , Querétaro , Querétaro
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Fecha de última actualización: 10 de junio de 2019.