Visita domiciliaria
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Objetivo de la inspección:
EN CASO DE SINIESTROS SE LLEVARÁ A CABO UNA VISITA DOMICILIARIA, EN LOS LUGARES AFECTADOS, PARA LEVANTAR UN CENSO DE DAMNIFICADOS
Especificar qué motiva la inspección, verificación o visita domiciliaria:
Modalidades de Suspensión este campo de inspecciones:
Justificar el Motivo de la Suspensión:
EN CASO DE SINIESTROS SE LLEVARÁ A CABO UNA VISITA DOMICILIARIA, EN LOS LUGARES AFECTADOS, PARA LEVANTAR UN CENSO DE DAMNIFICADOS
A quien se dirige la inspección o visita:
Sector Económico de mayor incidencia:
Servicios de salud y de asistencia social
Subsector Económico de mayor incidencia:
Otros servicios de asistencia social
Periodicidad con la que se realiza:
Anual
Fundamento jurídico de la existencia de la inspección verificación o visita domiciliaria:
Ley del Sistema de Asistencia Social del Estado de Querétaro
Articulo:
ARTICULO 3, FRACCIION XI
Tipo: Ley Estatal
Articulo:
Tipo: Reglas de Operación
Derechos del sujeto regulado:
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Querétaro
Articulo
ARTICULO 10
Obligaciones que debe cumplir el sujeto regulado:
Brindar la información, documentos u objetos requeridos por la autoridad.
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Querétaro
Articulo
ARTICULO 6
Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria:
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Querétaro
Articulo
ARTICULO 37
Bien, Elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:
Bienes inmuebles
Regulaciones que debe cumplir el sujeto regulado:
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Querétaro
Articulo
ARTICULO 7
Requisitos o documentos que necesita presentar el particular:
IDENTIFICACION
COMPROBANTE DE DOMICILIO
PREDIAL (EN SU CASO)
Ley de Desarrollo Social del Estado de Querétaro
Articulo
ARTICULO 26
Especificar si el inspeccionado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria. En su caso, brindar el formato correspondiente:
# | Nombre | ID del Formato | Ver Documento |
---|
Ley de Desarrollo Social del Estado de Querétaro
Articulo
ARTICULO 26
¿Se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado?
No se notifica
Pasos a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:
DEBERÁ DE PRESENTARSE EL VISITADOR
SOLICITARÁ AUTORIZACIÓN AL PROPIETARIO O EN SU CASO POSEEDOR DEL INMUEBLE DE ACCEDER
SOLICITARÁ AL PROPIETARIO Y/O POSEEDOR INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
TOMARÁ FOTOGRAFÍAS Y NOTAS
Tiempo aproximado de inspección, verificación o visita domiciliaria:
De 30 minutos a 1 hora
Personal en el servicio público facultado:
Estadísticas del Trámite
Datos de las autoridades competentes encargadas de ordenar inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias
Datos del Contacto:
s.desarrollosocial@sanjuandelrio.gob.mx
4272722705
Dirección:
Calle BOULEVARD PASO DE LOS GUZMAN ,24 ,S/N ,URBANO ,BOULEVARD PASO DE LOS GUZMAN , C. P. 76803 , San Juan del Río , Querétaro
La Comisión de Mejora Regulatoria del Estado de Querétaro, es la responsable del tratamiento de los datos personales que se proporcionen en la Plataforma de Protesta Ciudadana mismos que serán utilizados para dar atención y seguimiento a la Protesta Ciudadana. De igual manera, se informa que los datos personales recabados podrán ser transferidos a las autoridades del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro responsables de dar atención a la Protesta Ciudadana, en términos del artículo 16 fracción II, 59 y 61 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Querétaro.
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Fecha de última actualización: 10 de junio de 2019.