Servicio Estatal

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HOMOCLAVE: TR-SEGOB-029

Vías de atención: Presencial

Trámite para la obtención de licencia para porteo de bebidas alcohólicas.

Sujeto Obligado
Secretaría de Gobierno (SEGOB)
Unidad Administrativa Responsable

Dirección de Gobierno

Tipo de trámite o servicio

Trámite

Descripción Ciudadana

Documento expedido por la Secretaría de Gobierno que permite trasladar en el territorio estatal bebidas alcohólicas de un lugar a otro para distribuirlas con fines comerciales. 

Describa con lenguaje claro, sencillo y conciso los casos en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio

Este trámite se podrá solicitar cuando una persona física o moral requiera realizar el traslado de bebidas alcohólicas.

Tipo de trámite o servicio

SOLICITUD

¿Quién puede solicitar el trámite o servicio?

Sin información

Información útil para que el interesado realice el trámite o servicio

Es necesario realizar el trámite, a efectos de evitar ser acreedor a una multa ya que se incurre en el supuesto de clandestinaje por trasladar bebidas alcohólicas sin licencia.

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico que da origen al trámite

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 22.


Estadísticas del Trámite

28

N° de solicitudes realizadas
(año anterior)

7

N° de solicitudes aceptadas 2024

0

N° de solicitudes rechazadas 2024

Sector al que va dirigido el trámite o servicio

Ambos

¿El trámite o servicio que se aplica esta relacionado con alguna actividad económica en particular?

No

El trámite o servicio, se realiza cuando una empresa se encuentra en

  • Proceso de apertura

Medida de la vigencia

1 Años

Observaciones

Vigente al 31 de julio de cada año

¿La resolución es requisito de otro trámite o servicio?

No

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico para la vigencia

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 4, Inciso h.

Tipo de Ficta

Negativa

Fundamento Jurídico Ficta

Nombre del Fundamento Jurídico

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 26, Párrafo Segundo

Deberás adjuntar a la solicitud de tu Trámite o Servicio todos los requisitos básicos, y los requisitos del apartado "casos o supuestos" si te encuentras en alguno de ellos.

Total de requisitos: 4

Descripción:

Comprobante de domicilio

Presenta alguno de los siguientes documentos:

Forma de presentación:

¿Cómo se presenta?

Cantidad de copias:

1

Descripción:

Tarjeta de circulación del vehículo porteador.

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

Fotografías del vehículo porteador (en todos sus ángulos).

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

Descripción:

Zonas geográficas en donde se llevará a cabo el porteo.

Presenta alguno de los siguientes documentos:


Forma de presentación:

Para el cotejo del servidor público

¿Cómo se presenta?

Original

Cantidad de copias:

1

¿Es suficiente cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite o servicio?

No

Consideraciones adicionales

No se otorgará licencia, permiso o refrendo por la venta de bebidas alcohólicas o en su caso, se podrá revocar la que se hubiere otorgado, en los casos siguientes: 1. Que el establecimiento no cuente con las medidas sanitarias que señalen las autoridades de salud en el Estado. 2. Que el establecimiento no cuente con las medidas de protección civil que señalen las autoridades competentes para ello. 3. Que el solicitante haya sido sancionado reiteradamente por incumplimiento a las obligaciones que se señalan en la Ley. 4. Que el establecimiento lleve a cabo la venta de bebidas alcohólicas, sin la autorización correspondiente. 5. Que el número de autorizaciones previamente otorgadas en la zona, sea suficiente para atender la demanda de venta de bebidas alcohólicas. 6. Que en la zona, en donde se ubicará el establecimiento, se presenten de manera grave y reiterada la incidencia de los conflictos, actividades delictivas o violaciones administrativas, aparejadas al consumo de alcohol. 7. Que se considere que el impacto de la autorización de una licencia puede ser nocivo para la comunidad del lugar donde se ubique el establecimiento. 8. Que el otorgamiento de la licencia o permiso, se oponga al orden público y al interés social. 9. Que las opiniones técnicas de las autoridades de salud o de protección civil sean negativas. 10. Que se exceda el número de licencias o permisos, señalados para la población o zona donde se ubique el establecimiento donde operaran las mismas. 11. Que se pretenda la acreditación de requisitos mediante documentos falsos o apócrifos. 12. Los demás casos que señale la ley o reglamentos aplicables. 13. En caso de ser autorizada la licencia, los plazos para la entrega dependerán de los procesos de inspección, revisión e integración del expediente. La licencia estará sujeta a refrendo anual.

Señale la metodología para llevar acabo la resolución del trámite o servicio

No se otorgará licencia, permiso o refrendo por la venta de bebidas alcohólicas o en su caso, se podrá revocar la que se hubiere otorgado, en los casos siguientes: 1. Que el establecimiento no cuente con las medidas sanitarias que señalen las autoridades de salud en el Estado. 2. Que el establecimiento no cuente con las medidas de protección civil que señalen las autoridades competentes para ello. 3. Que el solicitante haya sido sancionado reiteradamente por incumplimiento a las obligaciones que se señalan en la Ley. 4. Que el establecimiento lleve a cabo la venta de bebidas alcohólicas, sin la autorización correspondiente. 5. Que el número de autorizaciones previamente otorgadas en la zona, sea suficiente para atender la demanda de venta de bebidas alcohólicas. 6. Que en la zona, en donde se ubicará el establecimiento, se presenten de manera grave y reiterada la incidencia de los conflictos, actividades delictivas o violaciones administrativas, aparejadas al consumo de alcohol. 7. Que se considere que el impacto de la autorización de una licencia puede ser nocivo para la comunidad del lugar donde se ubique el establecimiento. 8. Que el otorgamiento de la licencia o permiso, se oponga al orden público y al interés social. 9. Que las opiniones técnicas de las autoridades de salud o de protección civil sean negativas. 10. Que se exceda el número de licencias o permisos, señalados para la población o zona donde se ubique el establecimiento donde operaran las mismas. 11. Que se pretenda la acreditación de requisitos mediante documentos falsos o apócrifos. 12. Los demás casos que señale la ley o reglamentos aplicables. 13. En caso de ser autorizada la licencia, los plazos para la entrega dependerán de los procesos de inspección, revisión e integración del expediente. La licencia estará sujeta a refrendo anual.

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico de los criterios de resolución

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo:26 Otros

Canales de atención

  • Presencial

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico de los medios de Presentación

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 25

¿Es posible que se pueda agendar una cita de manera presencial?

¿Es posible agendar la cita en línea?

No

Pasos que se tiene que seguir de manera presencial

    1.- Acudir a las instalaciones de la Dirección de Gobierno, ubicadas en la calle 5 de Mayo, número 83, Colonia Centro, en el municipio de Querétaro, Querétaro.

    2.- Pasar a ventanilla de atención ciudadana para proporcionarle la información correspondiente al trámite para la obtención de una Licencia de Porteo para bebidas alcohólicas.

    3.- Se entrega un listado en donde se desprenden todos los requisitos necesarios para iniciar el trámite correspondiente.

    4.- En caso de que el interesado ya cuente con dicha documentación, se ingresará su solicitud y anexos correspondientes.

    5.- Se captura la solicitud en el sistema de la Dirección de Gobierno, generando una línea de captura por concepto de "solicitud de licencia nueva" para el solicitante.

    6.- Una vez que el solicitante acredite su debido pago, con el recibo correspondiente ante la autoridad, se le otorga un número de folio para dar inicio al trámite para la obtención o no de la licencia solicitada.

    7.- En caso de ser autorizada, esta autoridad notificará al interesado la resolución correspondiente; generando una segunda línea de captura por concepto de "expedición de licencia nueva", al acreditar su pago, se le emitirá el tarjetón correspondiente a su solicitud.




¿Existe una aplicación para presentar el trámite o servicio?

No

¿Existe un sitio web para presentar el trámite o servicio?

No

Pasos que se tiene que seguir en el sitio web

.

¿Es posible realizar el trámite o servicio completamente en línea sin acudir a oficinas gubernamentales?

No

¿Es posible cargar o subir documentos en línea?

No

¿Se puede dar seguimiento? es decir, mostrar a los interesados el estatus en que se encuentra el trámite o servicio, ya sea que se encuentre en proceso de resolución, revisión, rechazado o resuelto

No

¿Se puede enviar y recibir información por medios electrónicos con los correspondientes acuses de recepción de datos y documentos?

No

¿La resolución o respuesta oficial es por Internet?

No

¿Utiliza firma electrónica avanzada?

No

¿Es posible realizar notificaciones en línea por información faltante?

No

¿Es posible realizar notificaciones sobre vencimiento de plazos de respuesta?

No

¿El trámite o servicio es de resolución inmediata?

No

¿Es posible realizar notificaciones sobre plazos de prevención?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio vía telefónica?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio vía mensajes de texto?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio en Kioscos u otras sedes alternativas?

No

¿Es posible presentar el trámite o servicio por otra vía?

No

Contacto para atención, consulta y envío de información

María Cristina Niño de Rivera Burgueño

Contacto oficial

cninoderivera@queretaro.gob.mx

4422385000

Denuncia

Roberta González Rocha

Titular del OIC

rgonzalezr@queretaro.gob.mx

Dirección:

Andador 5 de mayo ,45 ,76000 ,Querétaro ,Querétaro ,Querétaro

Oficinas de atención

Dirección de Gobierno
Áreas Responsables:
Departamento Jurídico
Descripción del modulo:

Dirección de Gobierno

Domicilio

5 de mayo No. Exterior 83, No. Interior s/n Col. Centro, Querétaro, Querétaro, C.P. 76000

Atención telefónica:

4422385000 , Ext. 5077.

Correo electrónico:

kbernal@queretaro.gob.mx

Horario de Atención:

Lunes a Viernes de 08:00 hrs. a 14:00 hrs.

Notas

NA

Unidad del Monto

Actualización (UMA)

Tipo de Cálculo del Monto

Monto Calculado

Minimo Unidad

5.00

Máximo Unidad

5.00

Monto ($) Mínimo

$542.85

Monto ($) Máximo

$542.85

Describa la metodología utilizada para cálculo del monto

PRIMERO.- De acuerdo con la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, en su artículo 87, Fracción I: Por la obtención del formato para solicitud de licencia nueva o regularización de licencia, 5 UMA.


SEGUNDO.- En caso de que la autoridad administrativa competente, autorice la licencia solicitada, y según lo establecido en el artículo 87, Fracción II, Párrafo Segundo, de la Ley referida: Por concepto de expedición de licencia, correspondiente a los giros comerciales señalados en esta fracción, se causarán derechos por un monto equivalente a dos veces la cantidad que corresponda por concepto de refrendo anual. Al momento de la expedición deberán pagarse los derechos que correspondan al número de días contados de la fecha de expedición al 31 de julio inmediato siguiente, calculados en los términos que señala la fracción VII del presente artículo que a la letra dice:


"... La cantidad que resulte de dividir el costo de otorgamiento de licencia nueva que le correspondería según el giro y ubicación del establecimiento de que se trate, entre trescientos, cuyo resultado se multiplica por el número de días a autorizar. Fórmula que se expresa de la 0-+forma siguiente:

Derecho = (Costo / 300)(# de días)..."

Momento en el que se debe realizar el pago

Posterior a la resolución

Medios disponibles de pago

Banco comercial

  • AFIRME
  • BANREGIO
  • BANORTE
  • BANBAJIO
  • BANAMEX
  • SCOTIABANK

Comercios

  • Chedraui
  • City Market
  • Extra
  • Fresko
  • La Comer
  • Elektra

Otro

RecaudaNet

Fundamento Jurídico

Fundamento jurídico de la cantidad a pagar por la realización del trámite o servicio

Ley de Hacienda del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 87, Fracción I, III y VII

Plazo Máximo

30 Días Hábiles

Fundamento Jurídico

Fundamento Jurídico del Plazo de Resolución

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 26, Párrafo Segundo

Plazo Máximo

No aplica

Fundamento Jurídico

Fundamento Jurídico del Plazo de Prevención

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo:26 Otros:Segundo párraf

Plazo Máximo

No aplica

Fundamento Jurídico

Fundamento Jurídico del Plazo de Prevención Interesado

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

¿Este trámite o servicio requiere inspección, verificación o visita domiciliaria?

Señale el Objetivo de la Misma

Verificar que cumpla con lo dispuesto en la ley sobre bebidas alcohólicas del Estado de Querétaro.

Orden de gobierno que la emite

Estatal

Nombre de la inspección

Bebidas Alcohólicas

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico de la Inspección

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 36

¿Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio?

Fines de Acreditación

Descripción Fines de Acreditación

Los porteadores tendrán la obligación de llevar consigo la licencia correspondiente y comprobar la procedencia de la mercancía mediante documento idóneo en términos de lo establecido en las disposiciones legales aplicables.

Fines de Verificación

Descripción de Fines de Verificación

Los porteadores tendrán la obligación de llevar consigo la licencia correspondiente y comprobar la procedencia de la mercancía mediante documento idóneo en términos de lo establecido en las disposiciones legales aplicables.

Fines de Inspección

Descripción Fines de Inspección

Los porteadores tendrán la obligación de llevar consigo la licencia correspondiente y comprobar la procedencia de la mercancía mediante documento idóneo en términos de lo establecido en las disposiciones legales aplicables.

Fines de Otros

No

Fundamento Jurídico

Nombre del Fundamento Jurídico de la Conservación de Información

Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

Artículo/ Fracción/ Inciso/ Párrafo/ Número/ Letra/ Otro

Artículo 31.

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